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Trabajo establece que ‘fuerza mayor y/o el caso fortuito’ no son causa de despido legal


2021-05-05
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La Razón

La Resolución Ministerio 431 del Ministerio de Trabajo determinó que los despidos proceden solo por motivos establecidos en la Ley General del Trabajo

La figura de la fuerza mayor y/o el caso fortuito no son causales legales de despidos, por lo que el retiro de los trabajadores solo puede darse en función a las causales establecidas en la Ley General del Trabajo, establece la Resolución 431 del Ministerio de Trabajo.

 

“Conforme establece la Constitución Política del Estado, la Ley General del Trabajo y normas conexas, las trabajadoras y los trabajadores no podrán ser despedidos de su fuente de trabajo, salvo que exista causa legal previa y debidamente justificada”, establece parte de artículo tercero de la resolución.

 

El 1 de mayo, en el acto central por el Día del Trabajador, celebrado en Santa Cruz, el presidente Luis Arce entregó esta resolución al dirigente de la Central Obrera Boliviana (COB), Juan Carlos Huarachi, junto a otras iniciativas como parte del homenaje a los trabajadores.

 

El Ministerio de Trabajo hizo público este martes la resolución. “La fuerza mayor y/o el caso fortuito, no constituyen causales legales de retiro”, prevé el artículo cuarto de la resolución firmada por la ministra de Trabajo, Verónica Navia.

 

La figura de la fuerza mayor fue utilizada para el despido de trabajadores durante la cuarentena por la pandemia del COVID-19 en 2020.

Con esta resolución, se pretende garantizar la estabilidad laboral.

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