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Fue promulgado el reglamento a la ley contra el racismo


2011-01-05
Bolpress

El Gobierno promulgó hoy el Reglamento de la Ley de Lucha contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación. El documento fue presentado por las ministras de Culturas y de Justicia, Zulma Yugar y Nilda Copa. La ley apoyada por sectores sociales, había sido cuestionada por los propietarios de medios de comunicación que la consideran atentatoria a la libertad de expresión.

El artículo 16 de la Ley, según el cual “el medio de comunicación que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones sujetas a reglamentación” fue uno de los que preocupaba a los dueños de medios, aunque según Copa se han logrado consensos. El nuevo reglamento considera faltas de los medios de comunicación cualquiera sea su naturaleza la autorización de la difusión y publicación de ideas racistas y discriminatorias, que sean “1. Expresiones deliberadas y sistemáticas, consistentes en manifestaciones verbales o escritas, con el propósito de dañar la dignidad de determinada persona o grupo por motivos racistas o discriminatorios. 2. Difusión sistemática de mensajes con contenidos racistas o discriminatorios, en propagandas, espacios pagados, avisos solicitados y publicidad, que inciten al odio, desprecio, violencia o persecución de una determinada persona o grupos de personas. 3. Defensa o elogio de los actos de racismo o discriminación con el fin de justificar el odio, la violencia o la persecución de determinada persona o grupo. Según el nuevo reglamento, las sanciones preven suspensiones temporales de hasta casi un año, pero no suspensiones definitivas. Las sanciones están categorizadas en tres grados. En el primer grado aplicable a la violación de la ley pro primera vez, la sanción para los medios de comunicación será la suspensión de 10 a 150 días; en el segundo grado, los reincidentes, la sanción será de 151 a 300 días, y en el tercer grado, los que repitan la reincidencia,serán sancionados con inhabilitación temporal de funcionamiento 150 a 360 días calendario. A esas sanciones puede sumarse el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudiera haber ocasionado, que serán determinados judicialmente. En un intento de disipar los temores de los dueños de los medios de comunicación , el reglamento aclara que los mensajes que se publiquen o difundan como parte de cobertura informativa o de las tareas propias de la comunicación, sin que constituyan defensa o elogio de acciones de racismo y discriminación no genrarán responsabilidad directa al medio de comunicación. Lo mismo ocurrirá cuando las expresiones sean de terceras personas difundidas en programas en directo. En este caso, de conformidad a las normas de ética periodística, el medio de comunicación deberá advertir al público de abstenerse de expresiones de naturaleza racista o discriminatoria e interrumpir la declaración. En caso de que el medio de comunicación no aplique su autorregulación y de persistir la infracción será pasible a las sanciones establecidas en el Artículo 17 del reglamento. Tampoco será responsabilidad del medio cuando se trate de un programa independiente. "Es una reglamentación histórica, no solamente para Bolivia, sino para América Latina, porque se ha construido en forma participativa con los aportes de representaciones ciudadanas", dijo Copa. A su turno, Yugar dijo que el Reglamento "no es solamente para normar acciones de los medios de comunicación, sino que interesa a todos los ciudadanos". "Se ha trabajado a lo largo de varios meses para socializar la Ley en todo el territorio nacional con la participación de entidades, personas civiles, medios alternativos de comunicación, de educación y de otros rubros con el fin de elaborar un Reglamento detallado", indicó. La Ley fue promulgada el 8 de octubre por el presidente Evo Morales y en su aplicación no reconoce inmunidad, fueros o privilegios y se aplica a todo estante y habitante en territorio nacional.

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