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Reglamento antirracismo rige; viene la Ley de Medios


2011-01-06
LA RAZON

Los medios de comunicación que infrinjan la Ley Antirracismo serán pasibles a multas que van desde los 10 a 300 días, hasta la inhabilitación temporal de funcionamiento por 360 días, según el reglamento de la norma 045 aprobado ayer mediante decreto supremo.

Las ministras de Cultura, Zulma Yugar, y de Justicia, Nilda Copa, informaron la determinación del gabinete de ministros que aprobó un proyecto elaborado en tres meses, el que reglamenta la Ley Contra el Racismo y toda forma de Discriminación, promulgada el 8 de octubre. “Se ha discutido ampliamente con organizaciones sociales, instituciones y personas individuales que aportaron al reglamento. Había susceptibilidad de que se iba a cerrar los medios, pero revisen, lean y apliquen. Hay sanción, pero no cierre de medios”, declaró la ministra Copa. Por su parte, la ministra Yugar resaltó de que la norma “no es para los medios ni en su contra, es para todos los bolivianos, todos debemos asumir conductas de respeto”. El reglamento contiene 25 artículos divididos en cinco capítulos, que disponen y definen medidas de prevención a nivel educativo, obligaciones de los servidores públicos y entidades públicas, faltas y sanciones en la función pública; obligaciones de los medios de comunicación y faltas y sanciones. El 22 de diciembre, La Razón publicó el documento borrador del reglamento, cuyo contenido, en su parte esencial, fue ratificado ayer por el gabinete ministerial. “Reglamento fija multas, pero no cierre de medios”, señaló este medio en su tapa. Proceso. En el artículo 16 de la Ley 045 se establece que el medio de comunicación “que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones sujetas a reglamentación”. La norma rescata los principios de la interculturalidad, igualdad de derechos, equidad, protección a todos contra delitos de racismo y discriminación. En el artículo 16 del reglamento, referido a las faltas y sanciones de los medios, se establece como conductas racistas y discriminadoras, toda vez que los medios realicen expresiones deliberadas y sistemáticas de forma verbal o escrita, “para dañar la dignidad de determinada persona o grupo; cuando se difunda propaganda con mensajes racistas o discriminatorios, y cuando se haga apología de los delitos de racismo o discriminación”. En el caso de las sanciones a los medios, Yugar explicó que inicialmente serán pecuniarias, para quienes falten al artículo 16 del decreto reglamentario a la Ley 045. En una primera instancia, la sanción será de 10 a 150 días de multa. En la segunda infracción, la multa será de 150 a 300 días. En tercer grado, la sanción para los medios será de “inhabilitación temporal de funcionamiento de 150 a 360 días calendario”. La ministra Copa aclaró ayer que no se trata de cierre de medios ni de la suspensión de las licencias, pero la norma dispone la inhabilitación temporal, lo que ha sido criticado por los representantes de organizaciones como la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), cuyos representantes no participaron de la reglamentación de la norma. Según el documento, en el artículo 21 (conductas que no generan responsabilidad directa para los medios de comunicación), los medios de comunicación no serán penalizados por difundir expresiones de terceras personas que incluyan comentarios racistas, cuando cumplan su función de informar un episodio de carácter racista, y cuando corresponda a programa independiente en espacios alquilados en radio o televisión. El reglamento también establece que los medios de comunicación deben promover acciones de prevención y educación contra el racismo por un período mínimo de 20 minutos al mes para las estaciones de televisión, de 40 minutos para las radios, una página al mes para los periódicos y revistas, y un “espacio” al mes en periódicos digitales y sitios de internet. En cuanto a las entidades públicas y privadas, el artículo 22 dispone que, como resultado del proceso interno o administrativo se determine que existen indicios de responsabilidad penal, el hecho deberá ser puesto en conocimiento del Ministerio Público para ser tratado en el ámbito penal. Sin perjuicio de aplicar la Ley 045. Artículo 17 sobre las sanciones 1. Sanciones de primer grado.- Serán sancionados con diez (10) a ciento cincuenta (150) días multa, los medios de comunicación que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del artículo 16 del Decreto Supremo, por primera vez. 2. Sanciones de segundo grado. Serán sancionados con ciento cincuenta y uno (151) a trescientos (300) días multa, los medios de comunicación que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del Artículo 16 del presente Decreto Supremo, por segunda vez. 3. Sanciones de tercer grado.- Serán sancionados con inhabilitación temporal de funcionamiento de ciento cincuenta (150) a trescientos sesenta (360) días calendario, los medios que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del Artículo 16 del Decreto Supremo, por tercera vez. Gobierno anuncia Ley de Medios La ministra de Justicia, Nilda Copa, anunció que este año se aprobará una Ley de Medios, en la que se ampliarán las sanciones a empresas y periodistas. Al ser consultada sobre la situación de los trabajadores de la prensa en cuanto a las sanciones que implican las infracciones a la Ley Antirracismo, la autoridad declaró que en el reglamento hay sanciones específicas para el caso de los medios, pero en cuanto a los profesionales se tiene programada otra norma. “Para este año se tiene prevista la construcción de una Ley de Medios de Comunicación. Ahí se ampliará otro tipo de sanciones. De igual manera, con una construcción colectiva”, declaró. En el reglamento de la Ley 045 no se hace una referencia directa a los periodistas, en cuanto a sanciones o faltas, por lo que, en su momento, el viceministro de Descolonización, Félix Cárdenas, manifestó que los periodistas serán incluidos en una ley específica, que se refiera a sus actividades profesionales. Opiniones Ramiro Echazú ‘Es un atentado a la libertad de prensa’ “Es un nuevo atentado a la libertad de prensa y expresión porque penaliza la actividad periodística en Bolivia. Si bien no se establece el cierre definitivo de medios de comunicación, va a ir en perjuicio de los medios y, particularmente, de trabajadores que corren el riesgo de engrosar las filas de desocupados”. (Ejecutivo de los trabajadores de la prensa). Johnny Zeballos ‘Realizaremos un análisis del Reglamento’ “En la Asociación realizaremos un análisis del Reglamento, pero en principio defendemos el principio de la libertad de expresión y consideramos que la Ley Contra el Racismo no deja de violar la libertad de expresión. Vamos a hacer una evaluación sobre la reglamentación. Entendemos que un reglamento no modifica una ley”. (Director Ejecutivo de la ANP) Boris Quisberth ‘Se rescató las propuestas planteadas’ “Nos parece importante y positivo que se tenga un reglamento de la Ley Contra el Racismo y vemos que las propuestas planteadas por sectores de la prensa y otros fueron rescatadas. Vemos que no se violan los derechos laborales ni de los trabajadores de la prensa”. (Ejecutivo de los Trabajadores de la Prensa de La Paz) Pedro Glasinovic ‘La ley ratifica su carácter punitivo’ “El reglamento ratifica el carácter punitivo de la Ley Contra el Racismo y utilizaron una ley noble para controlar los medios de comunicación y atentan gravemente contra la libertad de expresión y la propia Constitución Política”. (Presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz)

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