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Proyecto de ley endurece sanción a corrupción con cambios en tres normas


2021-06-24
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Los Tiempos

Entre los aspectos relevantes, se contempla que “la persecución en rebeldía” se considere dentro de la categoría de lesa humanidad.

El proyecto de Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupción, que se considerará en las próximas horas en la Cámara de Diputados, contempla una serie de modificaciones a los códigos Penal, de Procedimiento Penal y a la Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz. Entre los aspectos relevantes, se contempla que “la persecución en rebeldía” se considere dentro de la categoría de lesa humanidad. También contempla que, para evitar la retardación de justicia, se sancione hasta con seis años de cárcel para los administradores de los procesos.

De acuerdo con el documento, se contemplan 23 modificaciones al Código Penal y la incorporación de 11 artículos. En la Ley 004 se modifican dos y se incorporan cinco; en el Código de Procedimiento Penal se modifican dos artículos. De acuerdo con la exposición de motivos, en la futura norma se incorporan aspectos que se contemplaban en el abrogado Código del Sistema Penal Boliviano, 25 de enero de 2018, que contemplaba responsabilidad de las personas jurídicas, colaboración eficaz, derivación de justicia restaurativa, creación de la figura de querellante institucional, creación de nuevos tipos penales, entre otros.

Entre los aspectos específicos de modificación en el Código Penal, se establece que “no procederá la prescripción de la pena, en delitos de corrupción que causen grave daño económico al Estado”.En la misma línea, se incorpora que “no procederá la prescripción de la pena, bajo ninguna circunstancia en delitos de lesa humanidad”.

En la misma norma se incorpora la figura de “responsabilidad de las personas jurídicas” (empresas, instituciones u otros), con atribución de responsabilidad penal, responsabilidad penal autónoma de la persona jurídica, ilícitos penales atribuibles, sanciones, pérdida de la personalidad jurídica.

 

Castigos a la mora procesal

La nueva normativa incorpora en el Código Penal los tipos penales de tráfico de influencias, usurpación de funciones y especulación fraudulenta de bienes.

En la Ley 004 se incorpora la figura de “querella institucional”, para fortalecer la participación del Ministerio de Justicia y la Procuraduría General del Estado en procesos por delitos de corrupción o vinculados. Además, se incorpora al Estado como víctima.

Por otra parte, el documento a considerar señala que se sancionará a los administradores de justicia que incurran en mora procesal y retardación de justicia injustificada, con hasta seis años de privación de libertad.

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