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Promulgada la ley de acoso y violencia política contra mujeres


2012-05-29
ABI

El presidente Evo Morales promulgó el lunes por la noche la Ley de Acoso y Violencia Política contra Mujeres que incorpora al Código Penal esos delitos para que sean sancionados en la justicia ordinaria.

“Esperamos que sea un gran aporte de la Asamblea y que esto permita una mayor participación de las mujeres”, afirmó el Jefe de Estado al destacar la presencia de las mujeres en la historia de Bolivia. En ese marco, dijo que las mujeres tienen el mejor espacio para demostrar trabajo porque, a su juicio, la designación de mujeres en cargos públicos ya no es un problema, como sucedía en el pasado. El Primer Mandatario recordó que su Gobierno ha abierto más espacios para las mujeres a partir de su propia experiencia sindical, en la que impulsó también la participación igualitaria de las mujeres, al contrario de algunas críticas que lo califican como machista. “Los hechos son todo lo contrario. No es suficiente hay que seguir ampliando, la mujer tiene más conciencia social y es más honesta. Es el mejor espacio para consolidar la presencia de las mujeres”, fundamentó. Consideró también a las mujeres como más leales al proceso de cambio. El artículo 20 de esa norma incorpora en el Código Penal los delitos de acoso político y violencia política contra las mujeres, que serán sancionados por la justicia ordinaria. Las sanciones para quienes ejerzan acciones de acoso político, tales como actos de presión, persecución, hostigamiento y/o amenazas en contra de una mujer electa, designada o en el ejercicio de la función político-publica, serán de una pena privativa de libertad de dos a cinco años. En caso de violencia política la sanción para quienes realicen actos y/o agresiones físicas y psicológicas es de tres a ocho años de pena privativa de libertad. La nueva norma también establece que esos delitos podrán ser sancionados por la vía administrativa o disciplinaria en instituciones públicas, bajo tres tipos de faltas: leves, graves y gravísimas. La sanción para faltas leves es la amonestación escrita, bajo registro; para faltas graves amonestación escrita bajo registro y descuento de hasta el 20% y para faltas gravísimas es la suspensión temporal del cargo sin gocé de haberes hasta 30 días. En el acto, la presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño afirmó que la Ley de Acoso y Violencia Política contra Mujeres es la primera norma aprobada “por unanimidad” en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Recordó que el proyecto tiene una larga data y que fue presentada hace más de 10 años por la Asociación de Concejalas.

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