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Diputados sancionan Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia


2013-02-28
Prensa Cámara de Dipuatdos

El pleno de la Cámara de Diputados, sancionó este miércoles, por mayoría, las cinco modificaciones realizadas por la Cámara de Senadores a cuatro artículos del Proyecto de “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia

“Simplemente se ha mejorado la redacción, por lo tanto, nosotros estaríamos aprobando esta nueva redacción de los cuatro artículos que se están mejorando”, argumentó el diputado Jorge Choquetarqui, vocal de la Comisión de Derechos Humanos. El artículo 25 establece en la nueva redacción, que “las Entidades Territoriales Autónomas en el marco de sus competencias y sostenibilidad financiera tienen la responsabilidad de crear, equipar, mantener y atender casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia en el área urbana y rural. Deberán contar con personal multidisciplinario debidamente capacitado y especializado en atención a mujeres en situación de violencia; la administración deberá diseñar e implementar una estrategia de sostenibilidad. Para el cumplimiento de los establecido en el presente Artículo, podrán establecerse acuerdos y convenios intergubernativos e interinstitucionales”. También se modificó el numeral nueve del parágrafo II del artículo 50, que instituye, que los Gobiernos Autónomos Municipales, a través de los Servicios Legales Integrales Municipales, deberán solicitar, a través de la autoridad competente, la adopción judicial de medidas provisionales, medidas cautelares y medidas de protección inmediata, coordinando su cumplimiento con las Casas de Acogida, instituciones de apoyo y de atención en salud Del mismo modo, fue modificado el artículo 83 en lo que respecta a la modificación del Código Penal en sus artículo 267 y 272 la redacción. Finalmente, los parlamentariso aceptaron la mejora en la redacción del artículo 90. Esta Ley tiene el objetivo de establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna, el ejercicio pleno de sus derechos para vivir bien. Según la norma, el Estado Plurinacional de Bolivia asume como prioridad la erradicación de la violencia hacia las mujeres, por ser una de las formas más extremas de discriminación en razón de género. Por tanto, los Órganos del Estado las instituciones públicas y las Entidades Territoriales Autónomas adoptarán las medidas y políticas necesarias, asignando los recursos económicos y humanos suficientes, con carácter obligatorio.

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