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Nuevo Código Procesal Civil crea el expediente electrónico en procesos


2013-06-18
CAMBIO

CELERIDAD La normativa, que apunta a paliar los males de la justicia, es socializada por la Asamblea.

La notificación vía correo electrónico será una de las primeras medidas. El oficial de diligencia recurrirá a medios tecnológicos para las notificaciones. La nueva normativa tiene el objetivo de reducir el uso de papeles en los procesos judiciales. El expediente electrónico es una de las medidas que se propone aplicar el nuevo Código Procesal Civil para eliminar la retardación, uno de los cinco defectos de la administración de justicia en el país. El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Héctor Arce, sustentó la aplicación en que es hora de que la tecnología ingrese al derecho boliviano y que las computadoras dejen de ser un elemento complementario de los juzgados nacionales. En esa línea, una de las primeras medidas que implementará el nuevo Código Procesal Civil es la notificación mediante correo electrónico. Para ello se creará el Sistema de Notificación a Domicilio y, con miras a su implementación, se solicitará a los abogados la dirección electrónica para entregar ahí, y sin papeles de por medio, las notificaciones de los procesos judiciales. Otra acción que permitirá el nuevo Código Procesal Civil será la aplicación del expediente electrónico como una acción para avanzar y modernizar la administración de justicia. El abogado César Villarroel, docente de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) y uno de los proyectistas de la normativa que es socializada por la Asamblea Legislativa, aseguró que la medida reducirá “el papeleo” de los procesos civiles y acortará los tiempos procesales, ya que no se entregarán las notificaciones en papel y en el domicilio legal de las partes y los expedientes estarán en una base de datos. REGISTROS Durante el encuentro de socialización del proyecto de ley realizado en el Colegio de Abogados de Cochabamba, el jurista explicó que, con esta normativa, los oficiales de diligencia tendrán que entregar las notificaciones de la demanda y “de las resoluciones judiciales trascendentales” en domicilio, en una sola ocasión. La entrega será fotografiada, o se tomará una foto de la vivienda donde se dejó la notificación y a los vecinos a quienes consultó sobre la situación de la persona notificada. ALGUNAS SANCIONES Otra de las medidas que serán incluidas en la normativa para eliminar la retardación de justicia es la sanción a los abogados que presentan incidentes para retardar el proceso judicial. Villarroel precisó que la norma propone que el jurista que presentó el incidente procesal pague una multa si se descubre que el objetivo fue el de retardar el proceso. MALES DE LA JUSTICIA Los proyectistas del Código Procesal Civil y los legisladores de la Asamblea Legislativa identificaron cinco defectos en la justicia boliviana: el exceso de escritura y formalismo, la lentitud de los trámites judiciales, la separación casi total de las partes y el juez, la falta de honestidad de varios abogados que recurren a la chicana y el fomento a la corrupción. Para superar estos defectos, el nuevo Código Procesal Civil plantea la realización de todo el proceso en tres etapas y con el principio de preclusión, es decir que si alguna actuación se realizó durante el proceso se considera como tema cerrado, no como ocurre en la actualidad, cuando se presentan incidentes para anular actuados. “Entre la demanda y la sentencia pasan años, y entre la demanda y el auto supremo una década. Esa situación debe concluir. Héctor Arce Presidente Comisión de Constitución Normativa fija tres etapas para el juicio Con el nuevo Código Procesal Civil los juicios civiles se celebrarán en tres etapas, de forma sencilla y práctica para que no exista retardación. El abogado César Villarroel, proyectista de la norma, explicó que el proceso se divide en tres: una fase preparatoria, donde se resuelven todos los incidentes formales y que será de forma escrita. La segunda etapa comprende la fase oral, que se centra en las audiencias, que no deberán exceder de dos, donde las partes presentarán sus alegatos y pruebas. Finalmente, la sentencia, que deberá ser emitida por el juez de forma inmediata cuando concluya la fase anterior y en audiencia pública. El proyecto establece que superada una fase no se puede retroceder en el proceso, como ocurre en la actualidad. Reformas Notificaciones Electrónica y presencial El nuevo Código Procesal Civil propone las notificaciones en la dirección procesal y en la dirección electrónica. Señala además que, para las notificaciones, los abogados deberán acudir a los Juzgados con el fin de conocerlas. Sólo para las resoluciones jurídicas trascendentales la entrega estará a cargo del Oficial de Diligencia, quien realizará la actuación por una sola vez y registrará con fotografías la entrega de los documentos. Características del PROCESO Sin formalismos El proyecto de ley plantea un proceso sencillo y sin retardación, que solucione el hecho de la demanda y no los formalismos del procedimiento, por lo que las excepciones e incidentes sólo podrán ser planteados para hechos trascendentales, caso contrario serán sancionados. CAMBIAR LA JUSTICIA Voluntad política Para realizar la transformación de la justicia son necesarios dos factores, señala el abogado César Villarroel. Una de ellas es la voluntad política y la segunda es la preparación del elemento humano, aspectos medulares para la construcción de la nueva justicia plural.

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