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Ley de Servicios Financieros se promulga este miércoles en Palacio de Gobierno


2013-08-20
La Razón

La norma deberá ser reglamentada en los siguientes tres meses por parte del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, el Banco Central de Bolivia y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

La Ley de Servicios Financieros será promulgada por el presidente Evo Morales este miércoles, luego que el 5 de agosto la misma hubiera sido sancionada por la Cámara de Diputados. El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillen, confirmó que este miércoles se promulgará la nueva norma que regirá en adelante los destinos de las entidades de intermediación financiera y que, en los siguientes tres meses, verá plasmada su reglamentación. "En realidad hemos atendido la demanda de ellos (Asoban); el presidente (del Estado) se ha reunido con ellos, ha atendido sus demandas y, en función de eso, hemos hechos modificaciones, que es lo que se ha aprobado en la Asamblea Legislativa", aseveró el viceministro de Pensiones. Consultado si el sector de la banca privada se halla conforme con las modificaciones, el viceministro Guillen respondió que "bueno, en realidad sí. Con ellos el presidente ha tenido una última reunión, donde ya han consensuado y ellos han dado una conferencia de prensa donde han dicho que ya estaban de acuerdo con la ley". Sin embargo, ratificó que en el tema de la fijación de las tasas de interés para los sectores productivos y de vivienda, que es el tema sobre el cual la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), observó, "es algo que no íbamos a negociar". "En ese sentido, dentro de lo que se ha podido negociar al final, el presidente ha llegado a los acuerdos últimos", aseveró el viceministro Guillen. De acuerdo a la nueva norma en los siguientes tres meses el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, junto al Banco Central de Bolivia (BCB), y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) deben reglamentar la Ley sin participación del sector privado, al cual sólo se le informará de las determinaciones anunciadas, según dijo con anterioridad el Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros. En el caso de las Mutuales de Ahorro y Préstamo para vivienda, en los siguientes dos años deben adecuar su funcionamiento como Entidades Financieras de Vivienda con el aditamento que su capital será en adelante societario, además que la ASFI tendrá potestad para reemplazar a sus administradores.

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