Noticias

Diputados aprueba Ley de Protección a Testigos y Denunciantes de Delitos


2013-11-14
El Diario

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de Ley de Protección de Denunciantes y Testigos que tiene el objetivo de precautelar la seguridad física legal de las personas que en algún momento “funjan” como testigos o denunciantes de un delito, según reporte de ABI.

“Este proyecto de Ley ha sido remitido por el Órgano Ejecutivo y tiene como objetivo principal el precautelar y garantizar la seguridad legal de las personas que son testigos o denunciantes, también establece qué instituciones van a participar, está participando el Ministerio Público, el Ministerio de Gobierno, Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Transparencia”, señaló el presidente de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, Juan Carlos Cejas. El legislador explicó que el proyecto contempla, como medidas de protección de testigos o denunciantes, la reserva de su ubicación, su custodia permanente por parte de efectivos policiales, el traslado a albergues temporales, y en el caso de que este se encuentre privado de libertad, su trasladado a otro recinto penitenciario. La norma se aplicará a denunciantes y testigos de delitos del crimen organizado, terrorismo, narcotráfico; delitos contra niños, niñas, adolescentes; delitos de violencia contra la mujer, trata y tráfico de personas y violación de derechos fundamentales. El proyecto de Ley incluye el uso de sistemas tecnológicos que impidan que la identidad del denunciante o testigo sea reconocida, el uso de cámaras de seguridad en su cuidado y de métodos de distorsión de su aspecto físico y voz, además de atención psicológica para el beneficiado. Estas medidas de protección podrán ser otorgadas, antes, durante y después de un proceso, siempre y cuando una persona haya realizado o se disponga a realizar una actividad protegida. Las acciones serán de carácter voluntario para los testigos y denunciantes y podrán ser extendidas hasta sus familiares. El proyecto de Ley contiene veintiocho artículos divididos en cuatro capítulos, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, y tres disposiciones finales.

Nuestros Financiadores