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Concejo sanciona ley de acceso a información (Municipio de La Paz)


2016-01-27
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La Razón

La norma establece que hay información y datos de carácter confidencial

La Razón (Edición Impresa) / Daymira Barriga / La Paz

02:07 / 27 de enero de 2016

Con los votos de Soberanía y Libertad (Sol.bo), el Concejo de La Paz sancionó ayer la Ley de Acceso y Difusión de la Información Pública Municipal que dispone que toda solicitud de persona, natural o jurídica, debe ser atendida en un máximo de 30 días hábiles, que podrán ser ampliados por única vez por 10 días con la debida justificación (Art. 16).

Los servidores públicos que incumplan la norma “serán pasibles de responsabilidad administrativa (suspensiones), civil y/o penal, según corresponda” (Art. 18).  El presidente del Legislativo edil, Pedro Susz, destacó que la ley  es la primera de esta índole en Bolivia. “Ahora el ciudadano tiene a disposición el procedimiento que le permite exigir la información, sabe cuánto tiempo tiene (la Alcaldía) para responder, quiénes son los responsables y establece sanciones”,  explicó.

La normativa —que debe ser promulgada y reglamentada—dispone que la petición puede ser rechazada “únicamente cuando la misma está clasificada como confidencial en forma previa a la fecha de solicitud” (Art. 19).

En esta categoría se encuentra aquella que hubiese “sido entregada (…) con carácter confidencial”, que se refiera a “información personal” o la que esté “protegida por la legislación” edil, departamental o nacional, pero también a “aquella que sea determinada por el Alcalde o por la mayoría absoluta del pleno del Concejo” con base en un informe técnico legal de la unidad que requiera proteger esos datos y un dictamen de un Comité Municipal de Consulta (Art. 20).

La norma también crea la figura del oficial de información en cada unidad organizacional edil, que debe generar y administrar una base de datos que servirá para consolidar un banco municipal.Quienes “intervengan en el procesamiento de datos e información (...) confidencial están obligados a guardar el secreto y reserva (…) aún después de concluida su función como servidores públicos” (Art. 22). 

La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP) saludó, por su parte, la aprobación de la ley, pero lamentó que se incluyan palabras como “confidencial”, “secreto” y “reserva” en un ámbito local porque “cualquier funcionario jerárquico podrá arrogarse representación para esconder información al ciudadano”.

También recordó que un proyecto del Gobierno central quedó bloqueado porque un artículo, que imponía reservas, terminaba por anular sus buenas intenciones. En el caso de la norma edil, sostuvo que no es coherente la aplicación de secretos o reservas, salvo aquellas que tienen relación con temas estrictamente personales, y convocó a las autoridades locales “a generar una corriente de apertura sin restricciones”.

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