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El MAS aprueba la ley contra la corrupción sin modificaciones


2010-03-30
La Prensa

El oficialismo sancionó anoche, con su mayoría parlamentaria en la Cámara de Senadores la ley de Lucha Contra la Corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas Marcelo Quiroga Santa Cruz. La norma será remitida hoy al Órgano Ejecutivo para su promulgación por el presidente Evo Morales en las próximas horas.

Las características de la norma giran en el juicio en rebeldía, la retroactividad, la confiscación de bienes cuando el juzgador lo decida y la inviolable protección de la identidad del denunciante, aspectos que fueron tildados de draconianos por los parlamentarios de la oposición. La anterior semana el representante del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Denis Racicot, resaltó la importancia de la norma pero expresó su preocupación respecto a los puntos como la presunción de inocencia, el carácter retroactivo de se aplicación, la prosecución del proceso en rebeldía y la introducción de nuevos delitos. Dichas observaciones fueron derivadas a la Comisión Integrada de Constitución y Justicia Plural de Ambas Cámaras. Anoche, los 26 senadores del MAS frente a nueve de la oposición, aprobaron por mayoría de dos tercios el informe de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, tras la aprobación en detalle, el 19 de marzo, por la Cámara de Diputados, donde 15 artículos de los 40 que contiene el documento fueron enmendados. Según El Deber, los opositores plantearon la modificación de al menos 15 artículos, pero los oficialistas pusieron fin al debate cuando esgrimieron que el reglamento del Senado establece que la cámara de origen solamente puede aprobar o rechazar las modificaciones realizadas por la cámara revisora y no puede incluir o modificar el texto. Frente a ese planteamiento, los opositores sólo atinaron a protestar por la modificación de cinco artículos y las disposiciones transitorias. Los senadores Germán Antelo y Bernardo Gutiérrez por el PPB-CN expusieron sus reparos y manifestaron, por separado, que la norma ahora tiene muchos contrasentidos que pueden provocar problemas al propio Estado. Antelo, jefe de bancada del PPB, dijo que ellos pretendían que el proyecto de ley pase a Congreso para que en esa instancia se mejore el texto, “no era necesario aprobar con la aplanadora, pero se debería cuidar el texto que deja abierta las puertas a las demandas de los afectados”. El senador David Sánchez (MAS) dijo que no se podía debatir la ley porque sólo debían revisar las modificaciones y respecto a la Ley de Juicio a Altas Autoridades. La oposición califica la norma aprobada como draconiana. Algunas características de la ley El artículo 6 de la norma establece la creación del Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas que estará integrada por: el Ministerio de Transparencia y la Lucha Contra la Corrupción, el Ministerio de Gobierno, el Ministerio Público, la Contraloría General del Estado, Unidades de Investigaciones Financieras, Procuraduría General de Estado y representantes de la sociedad civil organizada. En su artículo 25, la norma establece nuevos tipos penales referentes a uso indebido de bienes y servicios público, enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, favorecimiento al enriquecimiento ilícito, cohecho activo transaccional, cohecho pasivo transnacional, obstrucción de la justicia y falsedad en la declaración de jurada de bienes y rentas. El artículo 35, refiere a la denuncia voluntaria, indica que toda personas que hubiere participado o participe como instigador, cómplice o encubridor, que voluntariamente denuncie y colabore en la investigación y juzgamiento de los delitos sistematizados en los artículos 24 y 25, se beneficiará con la reducción de dos tercios de la pena correspondiente según el Código de Procedimiento Penal.

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