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Legislativo sanciona ley que fija Servicio Militar Voluntario a los 17 años y gestiones ante la ONU


2017-05-24
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La Razón

La Cámara de Diputados sancionó la ley que regula el Servicio Militar y establece que el servicio voluntaria podrá realizarse a los 17 años y previo de cumplimiento de requisitos

La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz

21:09 / 23 de mayo de 2017

La Asamblea Legislativa sancionó la ley que habilita el Servicio Militar Voluntario para jóvenes de 17 años y dispone que el Estado realice gestiones ante la Organización de Naciones Unidas para adecuar la decisión tomada en la declaración vinculante de Bolivia al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación en conflictos armados.

La ley regula el servicio militar voluntario para varones de 17 años; para mujeres que hayan cumplido los 18 años; y para el servicio premilitar de varones y mujeres del penúltimo curso del nivel secundario, informó la Cámara de Diputados en un boletín institucional.

Los jóvenes de 17 años interesados en el reclutamiento deben cumplir las siguientes condiciones: la presentación del recluta debe ser voluntaria, debe contar con el consentimiento expreso de los padres o tutores, estar plenamente informado de los deberes que implica el servicio militar y presentar su cédula de identidad y certificado de nacimiento.   

En febrero, el Gobierno aprobó un decreto mediante el cual se bajó la edad mínima para el Servicio Militar Obligatorio a los 17 años y mantuvo como máximo los 22.

La decisión se dio pese a que en marzo de 2016, el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de una sentencia, estableció que el Servicio Militar Obligatorio se debe realizar desde los 18 años hasta los 22 años de edad, mientras que el premilitar desde los 17 años para los estudiantes que cursan el quinto de secundaria.

Ahora la determinación tiene rango de ley, que establece que el Órgano Ejecutivo y la Fuerzas Armadas establecerán, mediante reglamento, las medidas necesarias a objeto de resguardar la integridad física, psicológica y ética de las y los soldados, marineros y premilitares en el marco de la Constitución Política del Estado.

También dispone que la Cancillería realizará “las gestiones ante la Organización de Naciones Unidas para adecuar la edad mínima del servicio militar voluntario y del servicio premilitar en la declaración vinculante del Estado Plurinacional de Bolivia al Protocolo Facultativo de la Convención Sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflicto armados”.

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