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Proyecto de ley sobre mala praxis fija sanciones para casos de ‘daño a la salud e integridad física’


2017-09-27
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La Razón

La normativa se extiende a todas las profesiones, lo que activó las alarmas en colegios profesionales.

La Razón Digital / Baldwin Montero / La Paz

10:06 / 27 de septiembre de 2017

La disposición sobre mala práctica profesional que se encuentra incluida en el proyecto de Ley del Sistema del Código Penal fija sanciones en casos de negligencia, impericia e inobservancia de protocolos inherentes a la profesión, pero para cuando haya “daños a la salud e integridad física”.

En origen, el proyecto (en el artículo 200) hacía referencia en específico a la “mala práctica médica”, pero fue cambiado a “mala práctica profesional” tras una negociación entre los legisladores y los representantes de los médicos.

El proyecto inicial establecía que: “La persona profesional de salud que, de forma culposa, por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos o los deberes a su cargo, provoque daños en la salud de los pacientes, será sancionada con medida de reparación económica y cumplimiento de instrucción judiciales. El incumplimiento injustificado de la medida de reparación económica dará lugar a la imposición de prisión de uno (1) a tres (3) años de cumplimiento efectivo”.

Tras la negociación con los médicos, la disposición se extendió a todas las profesiones y el texto de la normativa quedó redactado de la siguiente manera:

“La persona profesional que por infracción a un deber objetivo de cuidado, por imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de los protocolos, reglamentos o los deberes inherentes al ejercicio de su profesión, cause daños en la salud, integridad física de una persona, será sancionada con reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales.

El presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales, explicó que ahora la normativa se extiende a todas las profesiones, lo que activó las alarmas en colegios profesionales. Ingenieros, abogados, periodistas y arquitectos pidieron delimitar el alcance del artículo y advirtieron que, tal como está, vulnera normativas sectoriales.

"Así ha quedado, como una mala práctica profesional… Se abarca a todos, no solo al ámbito de los médicos”, declaró Gonzales, tras lo cual se pronunciaron con cuestionamientos representantes de varios gremios.

La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia, por ejemplo, se declaró en alerta y advirtió que, de aprobarse y aplicarse el artículo 200 del proyecto del Código del Sistema Penal a periodistas y comunicadores, se vulnerarían derechos e impondría la autocensura.

“Tendría consecuencias funestas en el campo periodístico donde se impondría la autocensura, mientras todos los ciudadanos de Bolivia estarían sujetos a una censura previa en la difusión de ideas y opiniones”, advirtió en un comunicado de prensa.

El presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Israel Vargas, también hizo observaciones y advirtió sobre el riesgo de que, con esta disposición, se inicie una cacería de brujas.

“Si no se regula correctamente y si no se hace una interpretación integral del artículo que nos incluye a todos, será una cacería de brujas y todos los profesionales vamos a estar supeditados a lo que el cliente decida, y según el artículo, si el cliente quiere  buscará por la vía judicial el resarcimiento”, dijo.

Ingenieros y arquitectos también se pronunciaron en ese sentido, mientras que el titular del Senado ratificó que el alcance ya no se limita a la mala práctica de los médicos. (27/09/2017)

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