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Destacan sanción al acoso en calles, pero critican imprecisión


2017-10-24
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Pagina Siete

Según activistas, en la norma que forma parte del proyecto del Código Penal falta definir cómo será el castigo específico y el procedimiento para realizar la denuncia.

José Antonio Vásquez  / La Paz
 
Activistas  y asambleístas destacaron   la aprobación del  artículo 312 del  proyecto de Código del Sistema Penal, que sanciona el acoso callejero.  Sin embargo,  criticaron la falta de definición de la norma respecto a los castigos y  la  manera de  cómo se deberá hacer la denuncia.    
 
"La persona que, en lugar público, ejerza acoso callejero en contra de otra, consistente en gestos obscenos, insultos sexistas, frases o comentarios o insinuaciones alusivas al cuerpo o al acto sexual, que resulten humillantes, hostiles, obscenas u ofensivas a la víctima, será sancionado con prestación de trabajo de utilidad y prohibición de concurrir a ciertos lugares o acercarse a la víctima”, reza el artículo 312, que fue aprobado  el jueves en el pleno de la Cámara de Diputados.  
 
"Queremos que la sociedad entienda que este tipo de comportamiento está sancionado y sobre todo, de manera social, sea censurado, es decir que se deje de practicar de forma cotidiana. Lo que queremos es que toda captación del cuerpo de una persona sin su consentimiento tenga que ser tipificado como un tipo de agresión”, dijo  la diputada opositora de UD, Shirley Franco, impulsora del proyecto.
 
El jueves pasado, la Cámara de Diputados concluyó la aprobación en detalle de toda la parte sustantiva del proyecto de Ley de Código del Sistema Penal en el que las infracciones penales se dividen en crímenes, delitos y faltas. En lo relativo a las faltas, el proyecto no contempla sanciones privativas de libertad. Sin embargo, la reincidencia del hecho lo convierte en delito, de acuerdo a las reglas de conversión del Código, se lee en nota de prensa.
 
Este proyecto incorpora el acoso callejero como "una falta contra la dignidad, la misma que será sancionada con prestación de trabajo de utilidad pública y prohibición de concurrir a ciertos lugares o acercarse a la víctima.
 
Dentro de las Faltas Contra la Dignidad se hallan la injuria, la calumnia y la difamación, y contra ellas se prevé reparación económica, multas sancionadoras de hasta 400 días y la prohibición de concurrir a ciertos lugares o acercarse a la víctima. La reincidencia contra la misma víctima convertirá a las mencionadas faltas en delitos.
 
La activista de No te calles en la calle (organización que defiende los derechos de la mujer), Daniela Vidal, sostuvo que a la norma le falta definir  cómo se va a sancionar las faltas, dónde se va a denunciar y cómo se van a hacer las denuncias. "El acoso callejero es una conducta y un problema social que va más allá de simplemente resolverse con una normativa”, sostuvo.
 
Para la diputada del MAS, Rosa Chuquimia, las sanciones deberían "ser un poquito más severas porque ya hemos visto cómo (los acosadores) se aprovechan de los menores de edad”.
 
La directora de la Coordinadora de la Mujer (ONG que promueve y exige el derecho a mejores condiciones de vida para las mujeres), Mónica Novillo,  aseguró que el artículo 312 "recoge una demanda histórica de las mujeres”. "Varios artículos del proyecto muestran una sensibilidad para las problemáticas que vivimos las mujeres”, agregó.
 
"El artículo 312  contempla la sanción para expresiones  sexuales que pueden ser sancionadas judicialmente”.   
 
Shirley Francodiputada
 
"Sabemos que nuestras cárceles están hacinadas y que ya no deberíamos meter más gente”.    
 
Rosa Chuquimiadiputada
 
"Este artículo recoge una demanda histórica de las mujeres contra  el acoso callejero”.   
 
Mónica Novillo directora de la Coordinadora de la mujer 
 
"Es importante categorizar el acoso callejero como en otros países porque el artículo hace referencia a algo muy general”.  
 
 Daniela Vidal, activista

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