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Régimen de género en partidos promoverá paridad y sanciones


2018-07-18
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Página Siete

El proyecto de Ley de Organizaciones Políticas del TSE prevé que las organizaciones políticas cuenten con esa instancia para, entre otras cosas, sancionar el acoso político.

María Carballo  / La Paz

Las organizaciones políticas deberán incorporar un “régimen de género” interno para promocionar e impulsar la paridad, igualdad de condiciones y sancionar  la violencia y el acoso político.

Aquello se  establece en el artículo 17 del  proyecto de Ley de Organizaciones Políticas del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“Cada organización política tendrá un régimen de género, que no es una cartera, pero es una instancia que se formará al interior de cada organización”, explicó Gabriela Canedo, una de las consultoras que  participó en la elaboración del proyecto.

Cada tienda política deberá designar, de sus integrantes, a quienes  conformen el régimen de género y, además, deberá  organizarlos para  que impulsen la paridad. “Entre sus funciones está el hacer seguimiento a las denuncias de acoso y violencia política, para que se den las sanciones correspondientes y cumplir con actividades que promuevan la igualdad de género”, indicó Canedo.

Los recursos que los frentes políticos recibirán para cumplir con las funciones establecidas en el proyecto  provendrán del financiamiento privado y  fortalecimiento público, como establece la propuesta  de ley.   “El financiamiento público no será monetario, se recibirá en capacitación y promoción de los líderes y  lideresas de la organización política”, detalló Canedo.

  Respecto al financiamiento privado, la especialista explicó  que se podrá recibir  donaciones, pero  que esos recursos deberán regirse a las restricciones definidas en el proyecto. El TSE controlará el uso de estos recursos. 

Canedo expresó que la disposición del régimen  de género   alcanza a las agrupaciones ciudadanas, partidos y organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, aunque estos últimos no están obligados a incorporarlo, porque se rigen a base de  sus normas y procedimientos propios.

Tania Sánchez,  directora del Centro de Promoción de la Mujer  Gregoria Apaza,  calificó de positiva esta disposición y manifestó  que es necesaria para terminar con el acoso y violencia política hacia las mujeres.

“Es un tema pendiente que no estaba determinado en otras normas y nos alegra que ahora se hable de eso, porque cada vez más son los casos de acoso y violencia política a mujeres, especialmente en El Alto”, afirmó.

El financiamiento

  •  Privado Este tipo de financiamiento, según el artículo 70 del proyecto, podrá provenir de aporte de  militantes, simpatizantes, colectas públicas y donaciones, entre otros. 
  •  Restricciones No podrán recibir recursos de instituciones públicas, agrupaciones religiosas, aportes obligados de funcionarios y entidades extranjeras, entre otros.
  • Público El fortalecimiento público consiste en subvenciones indirectas para el acceso a propaganda en medios de comunicación e impresos en elecciones generales y elecciones subnacionales, en periodos electorales; y para la capacitación y formación, en años no electorales.    

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