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Defensoría pide a la Asamblea retroceda modificación a ley 1174 que afecta a mujeres en cárceles


2019-09-05
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Página Siete

En Bolivia los delitos más frecuentes por los que se encuentran las mujeres privadas de libertad, son los emergentes de la Ley 1008, seguido por delitos, con menor frecuencia, de robo y robo agravado.

La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, remitió una nota a la Presidencia de la Asamblea Legislativa, en la que pide omitir la propuesta de ley que modifica artículo 2, parágrafo II de la Ley 1173 de Abreviación Procesal Penal, porque considera que éste cambio afectará a mujeres privadas de libertad, además a niñas, niños y adolescentes, que puedan estar bajo su cuidado o dependencia.

“Significaría un retroceso en el avance normativo que ha llevado adelante el Estado Plurinacional de Bolivia”, dijo Cruz, de acuerdo a una nota de prensa enviada desde esa entidad, mencionó que se trata de un desconocimiento de los estándares internacionales de derechos humanos.

La Asamblea Legislativa realizó las modificaciones a la norma. El pasado 2 de septiembre, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley 415/2019-2020 que modifica el mencionado artículo para, a su vez, cambiar el artículo 232 del Código de Procedimiento Penal agregando una causal en el numeral III a la Improcedencia de la detención preventiva en los casos “de narcotráfico y sustancias controladas”.

Cruz, argumenta la solicitud de omitir dichos cambios a la necesidad de resguardar “los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes y el principio de ´no regresividad´ establecido en el derecho internacional de los Derechos Humanos”.

Recordó que en Bolivia los delitos más frecuentes por los que se encuentran las mujeres privadas de libertad, son los emergentes de la Ley 1008, seguido por delitos, con menor frecuencia, de robo y robo agravado.

Durante 2018, de las 1.372 mujeres privadas de libertad registradas, 363 se encontraban detenidas por delitos de narcotráfico y sustancias controladas, muchas de ellas vinculadas al mundo de las drogas ilícitas como portadoras humanas y “microtraficantes”, siendo instrumentalizadas en la comercialización de estupefacientes.

La Defensora señaló que la pobreza es una de las causas que genera desigualdad, marginación y exclusión, lo que deriva en la comisión de los delitos antes mencionados.

Recordó el caso de la madre del niño “Chumita”, que ante la necesidad de conseguir dinero para la atención de su hijo enfermo de cáncer, trasladó sustancias controladas a la Argentina y fue detenida por más de un año en ese país, dejando en Bolivia a su hijo enfermo y a otros niños pequeños a cargo del cuidado de terceros.

Los estándares internacionales emitidos en el sistema regional y universal de derechos humanos, resguardan el uso del encarcelamiento sólo como último recurso y que se utilicen con la menor frecuencia posible, así como protege a las mujeres que se encuentra a cargo de niñas, niños o adolescentes.

Asimismo, señaló que en casos  de mujeres privadas de libertad que tiene a su cuidado de niñas, niños o adolescente,  se debe tener presente el interés superior del niño o los niños, asegurando que se adopten disposiciones apropiadas para asegurar su bienestar.

Sustentó también su pedido en una declaración de la OEA emitida en junio de 2013 que dispone que los Estado miembros fortalezcan acciones y políticas para reducir el hacinamiento carcelario, mayor acceso a la justicia en el marco de la “proporcionalidad entre daño y la pena, y el apoyo a alternativas al encarcelamiento cuando corresponda”.

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