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Logran nuevos acuerdos por la ley autonómica


2010-07-11
LA RAZON

Asambleístas del MAS y de la oposición lograron ayer más acuerdos en torno al tratamiento de la Ley Marco de Autonomías. Uno de los temas que se discutió fue si las autoridades departamentales y municipales serían suspendidas por un juez y no por una acusación formal, como lo establece la actual Ley Transitoria.

Foto: Nicólas Quinteros Asambleístas de la oposición y del oficialismo trabajaron ayer en la Comisión Mixta. Hasta el cierre de esta edición, 19.30, la mesa de concertación, conformada por asambleístas del oficialismo y de la oposición, consiguió concertar 116 de 147 artículos de la norma autonómica. Después de un cuarto intermedio, la negociación se reanudó a las 19.00 con la finalidad de aprobar la norma en detalle durante la misma noche o, si era necesario, hasta la madrugada de este domingo. La idea es que el documento sea aprobado el martes. Dentro de las modificaciones a los artículos acordados, la oposición logró consensuar, entre otros puntos, la asignación de recursos a las asambleas departamentales, algunos cambios en las leyes de armonización y la vigencia de los estatutos autonómicos de Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando previa aprobación en las respectivas asambleas departamentales y posterior control constitucional, entre otras. Ver cuadro gris para detalles. El senador del opositor Plan Progreso para Bolivia-Convergencia Nacional (PPB-CN), Germán Antelo, informó de que otra de las propuestas fue que las autoridades políticas de los gobiernos departamentales y municipales sean suspendidas previa autorización de un juez y no por una acusación formal. “Creemos que para la suspensión de actividades ya no debería haber una simple acusación formal, sino un juez tomaría la decisión”, argumentó Antelo. Al respecto, el diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Yaksic explicó que los artículos ocho, nueve y diez de la vigente Ley Transitoria de Autonomías tendrían que ser modificados y después introducidos a la norma marco en tratamiento. “Es cierto, la suspensión de autoridades debería ahora ser interpuesta por un juez y no por una acusación formal”, dijo Yaksic. El ministro de Autonomías, Carlos Romero, explicó a La Razón que la propuesta será tomada en cuenta en la mesa de concertación. “En la Ley Marco no incorporamos la suspensión de autoridades. La oposición planteó la necesidad de emplear el procedimiento. Lo que se acordó es que se incorporará el procedimiento, pero no sabemos bajo qué términos”, subrayó. La Ley Transitoria, que entró en vigencia en mayo, prevé la suspensión de autoridades sobre las que pesen imputaciones penales y los mecanismos para su reemplazo. Los actores de oposición consideran que ésta es la única norma que fue consensuada y donde el oficialismo permitió acceder, en la mesa de concertación, a las propuestas opositoras. “Es la única ley donde realmente nos hemos podido sentar y hablar de manera abierta, hemos sido escuchados, hemos tenido oportunidad hasta de manera amigable y así concertamos varios puntos”, indicó Antelo. El presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce (MAS), felicitó la voluntad política de sus colegas y anunció que la Ley Marco de Autonomías ingresará el martes a la Asamblea Legislativa para su tratamiento. “Esperamos un trabajo legislativo del pleno ágil (...) y si hay buen ánimo, en tres o cuatro días el trabajo puede estar terminado”. Acuerdos pactados en la mesa La senadora Gabriela Montaño (MAS) afirmó que existe toda la voluntad política para aceptar las sugerencias de los asambleístas de la oposición. “Vamos a incluir en este acuerdo todas las apreciaciones y observaciones en los artículos. Por eso en la aprobación en detalle queda absolutamente absuelto y resuelto el tema, pero tenemos que esperar hasta mañana (hoy), vamos a mantener los acuerdos, porque yo no firmo nada que no pueda cumplir”, dijo la asambleísta oficialista. CAMBIOS Y PROPUESTAS PROPUESTA Artículo 67. (Leyes de armonización). “Son las leyes que establecen los principios necesarios para armonizar disposiciones normativas de las entidades territoriales autónomas, cuando así lo exija el interés general, emitidas según los aspectos materiales de armonización y aspectos formales de eficacia por la Asamblea Legislativa Plurinacional y aprobadas por dos tercios del total de sus miembros”. Disposición transitoria decimosexta. (Adecuación de estatutos autonómicos). “La adecuación de los estatutos deberá ser realizada de acuerdo a la Disposición Transitoria Tercera de la Constitución Política del Estado por su respectiva Asamblea Legislativa Departamental, entrando en vigencia una vez que se realice el control de constitucionalidad a cargo del Tribunal Constitucional Plurinacional”. Artículo 114. (Presupuesto de las entidades territoriales autónomas). “La ejecución presupuestaria de recursos y gastos es de responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva de cada gobierno autónomo”. Artículos 8, 9 y 10. (Ley Transitoria de Autonomías). En los artículos ocho, nueve y diez establecen la suspensión temporal de las autoridades departamentales y municipales con una acusación formal. La Asamblea Legislativa Departamental elige al sucesor de manera interina. Artículo 57. (Base poblacional). El Gobierno llegó a un acuerdo con el Conamaq y la CIDOB para que los pueblos indígenas accedan a la autonomía indígena originaria campesina con una base poblacional. MODIFICACIÓN Artículo 67. (Leyes de armonización). Según el senador opositor Germán Antelo, el Gobierno central ya no tendrá un control legislativo a través de las leyes de armonización en las entidades autónomas. La oposición logró introducir otros tipos de controles por parte del Ejecutivo. El ministro de Autonomías, Carlos Romero, afirmó que ahora estas normas se denominarán leyes de compatibilización. Disposición transitoria decimosexta. (Adecuación de estatutos autonómicos). Los estatutos autonómicos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija serán respetados y no serán redactados nuevamente. Además, sólo irán al control de constitucionalidad y no a un referéndum, como deben hacer los departamentos que recién eligieron ser autónomos (La Paz, Oruro, Potosí, Chuquisaca y Cochabamba). Artículo 114. (Creación de cuentas separadas). Habrá cuentas separadas para que las asambleas legislativas departamentales tengan la misma capacidad administrativa que las gobernaciones. Propuesta. (Para la suspensión de autoridades). La oposición planteó que las autoridades sean suspendidas no por acusación formal sino por una admisión de la acusación por el juez competente. El oficialismo aceptaría el planteamiento en términos de la Ley Transitoria de Autonomías. Artículo 57. (Base poblacional). Las poblaciones minoritarias con 1.000 habitantes, las mayoritarias con 10.000 y con excepción de 4.000 habitantes para poblaciones mayoritarias, pero sin que rompan la territorialidad.

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