Bolivia tiene 22 normas contra la trata pero se cumplen a medias
Expertos indicaron que en varias de las leyes hay desde problemas en instituciones del Estado hasta vacíos legales.
Entre leyes, decretos, tratados, convenios y acuerdos Bolivia cuenta con 22 normas para luchar contra la trata y tráfico de personas y dar protección y asistencia a las víctimas de este delito. Sin embargo, según especialistas, activistas y un estudio, las normativas se cumplen a medias y aún no son efectivas.
Entre las normativas nacionales que amparan a las víctimas de trata están la Ley 263 Contra la Trata y Tráfico de Personas, el Decreto Supremo 1486 , la Ley 913 de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas, el Decreto Supremo 3249 del Observatorio de Seguridad Ciudadana y Lucha Contra las Drogas. A la lista se incluye también la Constitución Política del Estado (CPE).
Ariel Ramírez, subdirector de la Fundación Munasim Kullakita, institución que trabaja con víctimas de trata y tráfico, indicó que la Ley 263 se aplica, pero se ve aún problemas en la conformación de consejos departamentales.
“Dice la norma que los consejos deberían ser los entes que efectúen un plan de acción a nivel departamental, ya sea de prevención, atención y demás. Por ejemplo, La Paz aún no tiene un plan socializado”, sostuvo.
Según Ramírez, La Paz y Pando son los dos departamentos que no tienen planes consolidados. Santa Cruz, Oruro y Cochabamba son las regiones que más avanzaron en este tema.
Ramírez comentó que desde Munasim Kullakita trabajaron en un anteproyecto de la Ley 263 e identificaron varios vacíos en dicha normativa.
“Existen varios vacíos -por ejemplo- la Ley 263 habla sobre el tráfico interno, cuando sabemos que no existe esa tipología. Después se reconoce al turismo sexual como delito, pero en el Código Penal no existe esa figura. En el caso del tema de reparación de daños, no está claro si son los agresores quienes deben hacer eso o cómo se realizará: será en dinero o servicios psicológicos. Es ambigua”, dijo.
En el ámbito internacional, Bolivia elaboró en conjunto con otras naciones 17 normas, entre protocolos y convenios. Las mismas se deben aplicar a través de acciones coordinadas.
“La Ley 263 trata de recoger estos compromisos internacionales y así hacer frente a esos delitos. El problema está en que la norma debe ser revisada porque hay confusión, no hay claridad en cuanto a los delitos. Además -como país- dimos un paso más allá con los delitos conexos. Creamos un contexto normativo que ha resultado ser confuso y necesita una revisión desde lo conceptual hasta lo operativo”, dijo Nancy Alé Olguín, coordinadora del programa Tejiendo Redes Seguras - Protejeres de Educo.
Ramírez dijo que en el ámbito internacional hay acuerdos con Perú y Argentina, además estos convenios se cumplen cuando se registran datos de personas desaparecidas. “Con Brasil no se tiene y lo mismo pasa con Paraguay. Los convenios se activan cuando hay temas de investigación, si es que hay delitos que involucran a los dos países. Lo que no se hace son acciones preventivas”, explicó.
Ley 263 contra la trata y tráfico
El objetivo de esta norma es combatir la trata y tráfico de personas y delitos conexos, además de garantizar los derechos fundamentales de las víctimas a través de medidas de prevención, protección, atención, persecución y sanción penal de estos delitos.
Decreto Supremo 1486, reglamento
Para la efectividad de la Ley 263 se plantea su reglamentación mediante este decreto supremo. Acá se establece la estructura del consejo de trata y tráfico, compuesto por ministros, mecanismos de prevención en distintas áreas: control y repatriación.
Ley 913 sustancias controladas
Mediante un Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana se establece el análisis de temas de criminalidad transnacional y delitos en todas sus manifestaciones en territorio boliviano. Así se podrá implementar políticas en temas de seguridad estatal.
Protocolo para prevenir la trata
Esta norma completa a la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada. El objetivo es prevenir la trata, proteger a víctimas y promover la cooperación entre los Estados partes de las Naciones Unidas. Aborda medidas fronterizas.
Protocolo contra tráfico migrantes
También complementa a la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia Organizada. Éste aborda normas para combatir el tráfico ilícito de migrantes y así evitar la vulneración de sus derechos. Norma a las vías de tráfico por mar, aire y tierra.
Pacto de San José sobre DDHH
Con esta norma se garantizan los derechos fundamentales de las personas: derecho a la vida e integridad personal. Se condena además la esclavitud y la servidumbre. Se contempla como excepción a los servicios comunitarios y servicio militar.
La OIT sobre el trabajo infantil
En una conferencia se pide adoptar medidas inmediatas para la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, considerando niños a todo aquel menor de 18 años.
Las peores formas de trabajo serán consideradas por los países miembros.
Convención sobre tráfico de menores
La convención interamericana sobre el tráfico internacional de menores destaca la importancia de la cooperación internacional para lograr una eficaz protección a los menores de edad. Observa el traslado o retención de un menor con fines ilícitos.
Estatuto de Roma Corte Internacional
Llama a tomar medidas contra crímenes como genocidios y crímenes de lesa humanidad. En éstos se contempla el asesinato, exterminio, esclavitud, traslado forzoso, tortura y desaparición forzosa. Establece, además, un sistema para abordar dichos casos.
La OIT sobre el trabajo forzoso
Se refiere a los casos en los que una persona exige trabajo a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para la que dicho individuo no se presenta de manera voluntaria. Bolivia adoptó el convenio en 1930 y lo ratificó en la Ley 3031 de 2009.