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Aprueban un proyecto que amplía diferimientos


2020-07-15
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Página Siete

Proyecto de ley por el que el diferimiento automático del pago de créditos rige desde la Declaratoria de Emergencia por el Coronavirus (Covid-19) al 31 de diciembre de este año

Página Siete /  La Paz

La Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de ley  por el que el diferimiento automático del pago de créditos rige desde la Declaratoria de Emergencia por el Coronavirus (Covid-19) al 31 de diciembre de este año.

La información fue proporcionada por la diputada Otilia Choque, presidenta de dicha comisión legislativa, quien destacó la aprobación del proyecto, porque señala de manera clara y contundente el tiempo del diferimiento de préstamos bancarios, de modo que no haya interpretaciones maliciosas.

El proyecto  modifica el parágrafo I del Artículo 1 de la Ley No. 1294 de 1 de abril de 2020 “Ley Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos” indicando que las entidades financieras deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e intereses, y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, desde la Declaratoria de Emergencia por la Pandemia del Coronavirus  al 31 de diciembre de 2020.

Por su parte, a través de un comunicado, que fue retirado posteriormente, el Ministerio de Economía advirtió que las acciones dispuestas en la norma son imprudentes y podrían afectar a la estabilidad del sistema financiero, además de tildar el accionar de los diputados de la comisión como “demagógico”.

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