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Ley contra el racismo fija pena mayor a funcionarios


2010-09-14
La Razón

Tras la polémica por los alcances del proyecto de Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, La Razón conversó con la senadora Gabriela Montaño (MAS) y el diputado Jaime Navarro (UN), para que respondan a cinco preguntas sobre la norma.

El proyecto de Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación incorpora en el artículo 23 el Título VIII del Libro Segundo del Código Penal y el Capítulo V (Delitos contra la Dignidad del Ser Humano) que establece penas de uno a siete años. “Se penaliza conductas con sanciones penales”, denunció la diputada opositora de UN Norma Piérola. El Capítulo V, en el artículo 21 (Delitos), incorpora el artículo 40 Bis (Agravante General) que “eleva a un tercio, la pena mínima; y un medio, la pena máxima de todo delito tipificado”, cuando hayan sido cometidos por motivos racistas y/o discriminatorios. En los artículos 281 y siguientes (sobre racismo, discriminación, difusión e incitación, organizaciones o asociaciones racistas y agresiones e insultos racistas) se disponen penas privativas de libertad de acuerdo a la gravedad. La misma se dispondrá cuando el hecho sea cometido por una servidora o servidor público, cuando sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público y cuando el hecho sea cometido con violencia. Por ejemplo, en el artículo 281 bis (Racismo) la sanción es de tres a siete años. La asambleísta Piérola explicó a La Razón que al decir, un medio del máximo, “se aumenta un medio (de siete)”, es decir tres años y medio, en total la sanción sería de 10 y medio. “Pero no especifican qué delitos, por decir del mínimo o máximo. Es una barbarie lo que hacen”, señaló. Por su parte, la senadora por el MAS Gabriela Montaño señaló que será la reglamentación de la norma la que defina los parámetros para su aplicación, aunque el Código Penal ya tiene tipificaciones establecidas, se refirió al artículo 281. “En el proyecto de la norma se incrementan las sanciones cuando es un delito de racismo o discriminación”, declaró ayer en la tarde a radio Erbol. Piérola informó que una vez que la ley sea promulgada, presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema en Sucre. “Vamos a acudir a todas las instancias, porque es una ley que no tiene coherencia en el ámbito legal”, acotó. El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Senadores, Eduardo Maldonado (MAS), anunció ayer que se pedirá la participación de la sociedad en las audiencias públicas, para discutir alcances de la ley y posibles modificaciones. "Vamos a pedir el concurso de toda la sociedad, particularmente de los medios de comunicación y de las instituciones educativas. Será una dinámica de puertas abiertas, para que las instituciones del Estado, la sociedad civil, de defensa de derechos humanos, y los mismos medios, nos permitan conocer sus criterios para enriquecer el proyecto de ley", declaró el senador a la agencia ANF. Para la senadora Carmen Gonzales (CN), la ley está direccionada para acallar a todos aquellos ciudadanos que vayan en contra del Gobierno o que, por lo menos,” lo miren un poquito feo. Esta ley es sesgada, esta ley es represiva", afirmó. En cuanto al tratamiento de la norma, la senadora por el MAS Sandra Soriano informó anoche que el proyecto fue remitido por la Cámara Alta a la Comisión de Constitución y Derechos Humanos del Senado, donde se realizará su análisis para luego debatirla en el plenario. Algunos conceptos de la ley Discriminación Toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física u otras. Discriminación racial Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza o por el color, ascendencia u origen nacional o étnico. Racismo Toda teoría tendente a la valoración de unas diferencias biológicas y/o culturales, reales o imaginarias en provecho de un grupo y en perjuicio del otro. El Comité Contra el Racismo no excluirá Una de las discusiones en la Cámara de Diputados fue la inclusión de más entidades u organizaciones sociales en el Comité Nacional Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación. El diputado opositor por UN, Jaime Navarro, reveló que en el proyecto inicial se discriminada a otras entidades al excluirlas de la conformación del ente que velará por el cumplimiento de la norma. “Por lo que se realizó la observación y se logró el entendimiento del oficialismo para incluir a otras representaciones”. Según el asambleísta, el Comité Contra el Racismo estaba cerrado a sólo organizaciones sociales. “Se logró el consenso de abrir el Comité a todas las representaciones”. Por su parte, la senadora del MAS Gabriela Montaño dijo que no hay discriminación en el comité y que se abre a sectores de la sociedad. Desde Santa Cruz, el secretario de Coordinación de la Gobernación, Óscar Ortiz (ex presidente del Senado), pidió ayer a la Asamblea Plurinacional que la Ley Antirracismo “sirva para integrar y unir, no para desunir”. Resumen de los artículos de la ley Objeto La ley establece mecanismos y procedimientos para la prevención y sanción de actos de racismo y discriminación en el marco de la CPE y los DDHH a nivel mundial. Prevención Define y adopta políticas públicas con perspectiva de género y de aplicación en todo el país en ámbitos educativos, comunicacionales y económicos Comité Ordena la creación de un Cómite contra el Racismo que promoverá, diseñará e implementará las políticas. Estará bajo tuición del Viceministerio de Descolonización. Víctimas Las personas que hubiesen sufrido actos de racismo o discriminación podrán optar por la vía constitucional, administrativa o disciplinaria y/o penal. Empresas Todas deberán adoptar y modificar sus reglamentos internos de manera que incluyan como faltas, conductas racistas como agresiones verbales y maltrato. Locales Se prohíbe toda restricción de ingreso y colocado de carteles con este propósito en locales de atención, servicio o entretenimiento. Se prevé las clausuras. Alternativas Según lo establecido en el artículo 26 del Código Penal, el Ministerio Público buscará en el marco de la legalidad la solución del conflicto con salidas alternativas. Denuncias Los funcionarios públicos que conozcan hechos de racismo o discriminación tienen la obligación de denunciar ante las autoridades correspondientes. Protección El Estado garantizará la seguridad física y psicológica de las víctimas, testigos y denunciantes de delitos de racismo y toda forma de discriminación en el país. Falsedad El que acusara o denunciara a una persona que no cometió un hecho racista será sometido a un proceso penal conforme al Art.166 del Código Penal. Reglamento El Ministerio de Culturas se encargará de la reglamentación de la ley en lo que corresponda en un plazo de 90 días a partir de la promulgación por el Órgano Ejecutivo. Organizaciones La persona que participe en una organización o asociación que promueva o justifique el racismo, discriminación u odio será pasible a pena de 1 a 4 años.

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