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Conciliación en sede fiscal un mecanismo para la solución pacífica del conflicto


2020-10-26
https://www.fiscalia.gob.bo/
Fiscalía General del Estado

La conciliación en sede fiscal es un mecanismo de solución pacífica de conflictos que se promueve a través de las Unidades de Conciliación Penal ubicadas en las nueve Fiscalías Departamentales del país.

“Estas unidades de Conciliación están al servicio de la población a partir del 20 de enero de esta gestión y lo que pretendemos es difundir la promoción de esta salida alternativa, a partir de los lineamientos de la Ley N° 1173 de Abreviación Procesal Penal que ha impulsado la creación de estas nuevas unidades, promoción que se realiza mediante materiales audiovisuales. Lo que buscamos es que la conciliación pueda ser concebida por toda la población y por las partes que intervienen en un proceso penal como una solución alternativa al juicio ordinario penal”, explicó Miranda.

Agregó que se permite conciliar en caso de delitos patrimoniales y culposos, que se considera el 30% de la carga procesal que maneja el Ministerio Público. Los delitos patrimoniales se refieren a los que afectan al patrimonio como el Hurto, Robo, Estafa, Estelionato y en delitos culposos pueden ser accidentes de tránsito con lesiones leves en las personas, caso que permiten llegar a un acuerdo entre partes, con la reparación integral del daño y con la conciliación concluir el proceso penal.

Aclaró que existe una restricción normativa que señala que no se puede conciliar en caso de delitos de corrupción, violencia contra niños, niñas, adolescentes y mujeres, narcotráfico o que afecten intereses del Estado. En los delitos inmersos en la Ley 348 Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, existe la prohibición de conciliar, a excepción del artículo 46 que señala que de manera especial existe la posibilidad cuando la víctima solicita la conciliación y cuando es por única vez.

De acuerdo a los datos del Ministerio Público en la gestión 2019 se registraron 32,000 casos en delitos patrimoniales y en delitos culposos 50.000 que podrían ser aplicados a la conciliación.

La conciliación es una salida alternativa al juicio oral, que permite la conclusión del proceso penal luego que las partes concluyan el proceso conciliatorio a la suscripción de un acuerdo conciliatorio libremente consensuado, logrando la reparación integral del daño a la víctima y la reducción de la carga procesal en los despachos fiscales y por ende judiciales, revalorizando los verdaderos intereses y necesidades de las partes en un proceso.

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