Reformas

Derecho de consulta


2013-08-21
www.la-razon.com

La ley para normar la consulta previa a los pueblos indígenas está en camino de ser una realidad

Aunque todavía falta el trámite legislativo antes de que sea aprobada y promulgada, la norma que posibilitará la ejecución de consulta previa a los pueblos indígenas y originarios del país está en camino de ser una realidad. Es previsible, sin embargo, que aún tenga que superar algunos episodios de controversia difíciles de resolver en el paisaje político actual. En efecto, el lunes, las organizaciones sociales que conforman el Pacto de Unidad aprobaron en Cochabamba el anteproyecto de Ley de Consulta Previa, Libre e Informada, documento de siete capítulos y 37 artículos. Según los dirigentes allí reunidos, por tratarse de una “ley fundamental” para el desarrollo de las naciones y pueblos indígenas, se dispuso la inmediata entrega de la propuesta al presidente Evo Morales, “en acto especial”. El capítulo IV contempla la creación del Consejo Consultivo Plurinacional para la Gestión Intercultural del Derecho a la Consulta, integrado por representantes de las organizaciones sociales, indígenas, campesinas que conforman el Pacto de Unidad. Según el Ministro de Gobierno, que participó del debate, este Consejo “va a cumplir tareas de proposición, acompañamiento; va a tomar decisiones en temas inherentes al proceso de consulta; se trata de un avance fundamental”; el proyecto establece que si bien el Estado es el que consulta, será el Consejo Consultivo el que “sistematice, medie, concilie cuando haya conflicto, independientemente de las tareas del Tribunal Electoral o de veedores que las partes puedan acordar”, agregó la autoridad. Sin embargo, dos asuntos quedaron irresueltos en la reunión de las organizaciones sociales. El primero fue el relativo al alcance del consentimiento, la facultad o no de veto de los pueblos indígenas. Al respecto, el ministro recordó que, según el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), base del derecho a la consulta, este “es un acuerdo entre el Estado y las comunidades; adquiere carácter vinculante e impide a las autoridades tomar decisiones discrecionalmente, obliga a que los temas sean consultados, pero no implica que las comunidades tengan posibilidad de veto”. El segundo asunto que no encontró consenso es qué hacer cuando el pueblo indígena rechaza la consulta: “si hay negativa de participación del sujeto consultado o no hay acuerdo, la propuesta era que el Estado tome la decisión cumplido un plazo razonable; pero este tema no fue de consenso y fue derivado a consulta con el Presidente”, informó el ministro. Es previsible que estos asuntos tardarán en resolverse, y que provocarán polémica no sólo por lo complejo del fondo del asunto, sino sobre todo por la ya conocida actitud de algunos dirigentes menos preocupados de la vigencia de los derechos indígenas que de obtener rédito político. La Asamblea Legislativa tiene una delicada tarea por delante.

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