Reformas

El Código hace al niño ‘sujeto de derecho’


2014-07-13
www.la-razon.com

Si un adolescente de 14 a 18 años comete cualquier delito, recibirá una sanción del juez público en materia de Niñez y Adolescencia. Pero esta sanción no será como la que se aplica a un adulto; no se remitirá al acusado a una cárcel, sino a un centro especializado para que se forme en algún oficio y se reinserte a la sociedad.

Cuando se habla de Justicia es inevitable no pensar en transformaciones estructurales, siempre que éstas vayan a mejorar el vivir bien de toda nuestra sociedad. Es de esta forma que las modificaciones realizadas en el nuevo Código Nino, Niña y Adolescente recientemente aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional y que próximamente será promulgado por el Órgano Ejecutivo, plasma figuras nuevas para nuestro país, mas no así para países vecinos cuyas normas ya se encuentran en vigencia durante varios años y si bien no ha reducido el índice de criminalidad, éste tampoco se ha incrementado por los controles normativos insertos en las citadas legislaturas. El debate sobre la rebaja de la edad de imputabilidad de los menores se ha dado en varios países de Europa y América. PAÍSES. En la vecina Argentina, el Senado aprobó la rebaja a los 14 años en julio del año pasado, con el voto unánime de los 43 legisladores presentes. En la discusión previa, en la nación rioplatense se argumentaba que Argentina era “una excepción” entre los países que habían reformado su legislación para combatir ese fenómeno, y se citaban algunos ejemplos: Ecuador, Venezuela, México, Guatemala, Costa Rica, El Salvador y Honduras, donde la edad de imputabilidad está fijada en los 12 años; o de Chile, que rebajó el límite a los 14 años durante el gobierno de la presidenta socialista Michelle Bachelet, estableciendo inclusive que los menores podrán ser encarcelados hasta diez años por algunos delitos graves que hayan cometido. También en el continente europeo se ha debatido sobre el problema (fuera de Gran Bretaña, donde la edad de imputabilidad oscila entre los 7 años en el caso de Irlanda, y los 10 años en los casos de Inglaterra y Gales). En tal sentido, el nuevo Código Niño, Niña y Adolescente boliviano que próximamente será promulgado abandona el concepto del niño y adolescente como sujeto tutelado, para adoptar el concepto del niño y adolescente como sujeto de derechos y deberes, entendiéndose por tal hecho, la habilitación para demandar, actuar y proponer. Antes, el Código relativo a los niños y adolescentes del país señalaba que los menores de 16 años no eran imputables penalmente, es decir, no se les podía aplicar una pena a pesar de haber cometido un ilícito o delito. Solo se les imponía medidas de protección a cargo del Servicio Nacional de Gestión Social (Sedeges). Sin embargo, ahora, la norma será aplicada a personas desde los 14 años y menores de 18 años que hayan cometido delitos o ilícitos, quienes deberán someterse a la Ley, como en las demás legislaturas de países vecinos. DERECHOS. Pero la nueva norma nacional, siempre velando por los derechos fundamentales de este grupo etario, manifiesta que la detención, en el caso de encontrar culpabilidad por parte del juez público en materia de niñez y adolescencia, se realizará en centros especializados, en forma diferenciada por el género de los adolescentes en cumplimiento de una medida socioeducativa con privación de libertad. En la sustanciación del proceso en materia de niñez y adolescencia, la jueza o juez deberán dictar la sentencia en el plazo máximo de ocho meses, desde la denuncia hasta la sentencia ejecutoriada, debiendo ser priorizada la celeridad de su tramitación y que, por un principio de economía procesal, se podrán concentrar varias actuaciones en un solo acto. No se computará el tiempo si la dilación o la retardación del proceso se le atribuyen al adolescente. La medida socioeducativa comprende la formación o la capacitación de los adolecentes en cualquier oficio o rama técnica, para que cuando cumplan con la sentencia que le imponga la autoridad competente, el adolescente se reinserte a la sociedad y conviva tranquilamente con sus semejantes y sea una persona de bien. Concluyendo así que esta norma no es más que el reflejo de las necesidades que día a día debemos enfrentar como sociedad, al evidenciar que la delincuencia va en crecimiento, y que este fenómeno se va acentuado en nuestra niñez y adolescencia con la aparición de pandillas en diferentes ciudades de Bolivia.

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