Reformas

Derechos humanos y crisis carcelaria


2014-09-28
www.la-razon.com
La Razón

Bolivia tiene la mayor cantidad de presos sin sentencia en Latinoamérica, con 81%, seguido de Paraguay, con 71%; el caso menor es Chile, con 16%.  En Santa Cruz, los presos sin sentencia alcanzan a 90%; en Cochabamba, 86%, y en Pando, 81%.

En nuestro informe de 2012 sobre el ejercicio de los derechos humanos en Bolivia, habíamos concluido que “la vulneración de los derechos humanos se evidencia con niveles alarmantes en algunos espacios como los centros penitenciarios donde, además de la privación de libertad, las personas allí destinadas, sufren de altos grados de discriminación y racismo, violencia física y sicológica, carencias materiales y extorsión permanentes”. A dos años de esta advertencia, la situación no solo se ha mantenido, sino que en algunos casos ha empeorado, a partir de hechos como los de Palmasola y recientemente en El Abra, donde la violencia intracarcelaria ha cobrado la vida de cuatro privados de libertad. Una vez más se evidencia que Régimen Penitenciario ha colapsado.

Las cifras de la crisis. Según los datos oficiales, hoy las 14 cárceles y carceletas de Bolivia albergan a 14.587 privados de libertad, de los cuales 13.109 son varones. El 75% se encuentra en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba. La cifra a 2014 es ligeramente menor a la registrada en 2013, cuando había 14.557 detenidos.  Hay una tendencia de crecimiento de casi 1.000 personas por año, mientras que la salida no supera las 600. La cifra de este año ha disminuido gracias al Decreto de Amnistía flexibilizado y su ampliación.

Un dato alarmante es la cantidad de detenidos preventivos. Las cifras revelan que Bolivia tiene la mayor cantidad de presos sin sentencia en Latinoamérica, con el 81%, seguido de Paraguay que tiene 71%; mientras que el caso menor lo registra Chile con 16%.  En Santa Cruz, el porcentaje de presos sin sentencia alcanza a 90%; Cochabamba, 86%, y Pando, 81%.

A la gigantesca mora judicial debe añadirse causales como la aplicación de medidas sustitutivas inalcanzables para muchos privados de libertad (como pedirles domicilio permanente o garantías documentadas), la detención en flagrancia (cuando se trata de delitos de narcotráfico) y el negocio que significa la gestión de liberación de los detenidos, lo que crea además un sistema de exacciones y chantajes que involucraría a abogados, fiscales, jueces y otros.

JÓVENES. Este problema, en términos de seguridad, se agrava en las cárceles, por falta de una separación entre reos de alta peligrosidad y aquellos que no lo son, y se vuelve crítico si incluimos a los jóvenes que por primera vez llegan a una cárcel y deben compartir la misma suerte. Nuestras recomendaciones a la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario y al Ministerio de Gobierno, para que se concretice esa medida administrativa de seguridad, sigue sin respuesta.

El segundo problema más visible es el hacinamiento. Un estudio realizado por la OEA (Organización de Estados Americanos) señala que hasta diciembre de 2012, Bolivia tenía el mayor nivel de hacinamiento carcelario en Latinoamérica, después de El Salvador y Haití, que presentan un 300% y un 218% de sobrepoblación, respectivamente. 

Según la Dirección de Régimen Penitenciario, en Bolivia la sobrepoblación carcelaria alcanza al 202%: en total las cárceles están habilitadas para albergar a 4.884 individuos (cuando la población interna es de 14.587). En algunos centros penitenciarios, el hacinamiento alcanza el 300% y muchos reclusos deben dormir en los pasillos y espacios al aire libre. El problema es más grave en las carceletas ubicadas en las provincias, donde hasta 45 presos sobreviven recluidos en una sola celda.

Situación de los y las privadas de libertad. Nuestros estudios identifican al menos cuatro formas de grave afectación de los derechos de los privados de libertad: corrupción del sistema penitenciario; violencia generalizada; dependencia económica del privado de libertad para poder sobrevivir al encierro; y, violación sistemática de sus derechos humanos.

Las propias condiciones carcelarias hacen que mantener el control en los recintos sea imposible. La relación entre la autoridad institucional y las personas recluidas no se realiza a través del sistema normativo, sino mediante un conjunto de prácticas informales, conocidas y reconocidas por ambas partes, que permiten gestionar la institución carcelaria.

Las cárceles se han convertido en microespacios sociales donde el control verdadero lo tienen grupos de privados de libertad que, por un lado, administran la distribución de espacios, sanciones, alimentación, apoyo material y psicológico, e incluso asesoramiento legal;  pero, por otro,  pueden ser espacios de gestión de violencia, delincuencia y abuso.  Poco puede hacer la entidad policial para controlar, y menos para promover los principios de reinserción que deben regir la privación de libertad.

La falta de garantías y el riesgo cotidiano sobre la vida y seguridad son parte del sistema penitenciario. No son poco frecuentes las muertes de privados de libertad ocasionadas por otros internos, por disputas de poder, ajuste de cuentas o reyertas casuales.

RECURSOS. En relación a los recursos para sobrevivir, el Estado le asigna a cada persona un monto diario de Bs 6, lo que no es suficiente ni siquiera para tres comidas diarias. Generalmente, quien mantiene a un interno es su familia, o en algunos casos ellos mismos generan sus propios ingresos, fabricando artesanías que venden a los visitantes. Las condiciones para sobrevivir están determinadas por los privilegios que les dan algunas visitas, lo que les permite tener un determinado tamaño de celda, elegibilidad para salir de la cárcel por el día, y el lugar y duración de su encierro.

La carencia de una adecuada atención médica en las cárceles es otro indicador de la violación a los derechos humanos, ya que en la mayoría de los centros no existen médicos, enfermeros, psicólogos, trabajadoras sociales, psiquiatras, etcétera.

Otro grave problema son las condiciones de las privadas de libertad. Según un informe, “en Bolivia solo existen tres cárceles femeninas, las otras son compartidas con los varones, separados por puertas o muros precarios con las implicaciones negativas que supone para el ejercicio de los derechos de las mujeres”.

Finalmente hay el problema de la discriminación social de que es objeto el privado de libertad, e incluso de quien ya cumplió su pena: un sujeto desconfiable y la condena a una vida de segregación que afecta su posibilidad de reinserción en la comunidad.

Conclusión. La debacle del sistema carcelario en Bolivia tiene muchas causas, además de las anotadas, como la falta de una política de Estado, el cambio permanente de autoridades, la crisis del sistema judicial, la precariedad de medios y recursos y la incidencia cada vez mayor de la corrupción, y el delito como resultado de la relación entre las instituciones del Estado y los privados de libertad. Sin embargo, el problema mayor tiene que ver con la visión respecto al principio de la justicia y la privación de libertad. 

Y lo paradójico de esto es que la visión del Estado Plurinacional sobre el tema está dada por la propia Constitución que señala que “toda persona sometida a cualquier forma de privación de libertad será tratada con el debido respeto a la dignidad humana” y que “es responsabilidad del Estado la reinserción social de las personas privadas de libertad, velar por el respeto de sus derechos, y que su retención y custodia sea en un ambiente adecuado, de acuerdo a la clasificación, naturaleza y gravedad del delito (…)”.

Como ocurre en muchos casos, hay una brecha cada vez más grande entre la normativa y su aplicación, lo que genera que el cumplimiento de los derechos humanos de los y las privadas de libertad se haya convertido en un simple enunciado.

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