Reformas

Seguro para obreros


2019-10-21
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La Razón

El jueves, con la firma del decreto reglamentario de la Ley 1155, del Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el ámbito de la Construcción

La Razón (Edición Impresa)

23:53 / 17 de octubre de 2019

El jueves, con la firma del decreto reglamentario de la Ley 1155, del Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el ámbito de la Construcción, entró en vigencia esta innovación en materia de seguro de corto plazo para un importante sector de la población económicamente activa que hasta ahora había permanecido casi por completo en la informalidad. 

El seguro, que será conocido por su sigla (SOATC), tendrá un costo anual de Bs 150 y cubrirá a los beneficiarios con hasta Bs 7.000 para gastos médicos y Bs 70.000 en casos de muerte o incapacidad total permanente, sin importar si antes ya se incurrió en gastos de curación. Será comercializado por la Autoridad Pública de Pensiones, Valores y Seguros; la cual a su vez podrá comercializarlo con otras entidades aseguradoras del país.

Según estimaciones del Gobierno, casi medio millón de trabajadoras y trabajadores de la construcción se beneficiarán con el seguro. Para asegurar que los cerca de 480.000 obreros del país adquieran su seguro obligatorio, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social hará inspecciones entre los empleadores del sector para que éstos exijan a sus trabajadores que tengan su certificado de cobertura.

Los empleadores que fallen en exigir el SOATC deberán pagar las indemnizaciones previstas y las obligaciones establecidas en la normativa vigente a quienes sufran accidentes en su obra, así como una sanción por omitir el control. Al igual que en el caso del seguro para accidentes automovilísticos, todos los centros de salud, hospitales y clínicas están obligados a atender a los poseedores del seguro; la negativa será considerada como denegación de auxilio, tipificada en el artículo 281 del Código Penal.

El procedimiento para obtener el beneficio consiste en notificar a la aseguradora sobre el accidente hasta 15 días calendario después de ocurrido el percance. A su vez, la empresa tendrá 15 días hábiles para realizar el pago correspondiente. Detalles para la solución de controversias están también contenidos en el señalado decreto supremo.

Considerando que en la última década el sector de la construcción creció 1,5 veces más que el crecimiento global de la economía, es evidente que el de los obreros es un rubro que no podía seguir siendo excluido de las políticas de la seguridad de corto plazo, especialmente si se toma en cuenta la alta siniestralidad asociada con el oficio de construir.

No es una solución total a la alta informalidad del sector de la construcción, en el que la contratación y subcontratación de obreros se refuerzan en la tradición y no en la demanda de más y mejores derechos en favor de los trabajadores y obligaciones de los patrones; pero al menos significará una reducción de la inseguridad en la que cientos de miles de personas desarrollaban su labor diaria hasta ahora. 

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