Reformas

Igualdad de remuneración


2022-05-21
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Opinión

El Convenio 100 de la OIT, según sus términos, obliga a los Estados que lo ratifiquen, a promover y garantizar la aplicación del principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, y deberá hacerlo por medio de la legislación nacional.

El Convenio 100 de la OIT, según sus términos, obliga a los Estados que lo ratifiquen, a promover y garantizar la aplicación del principio de igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, y deberá hacerlo por medio de la legislación nacional.

Para efectos de este Convenio, se debe entender el término de remuneración al salario o sueldo ordinario básico o mínimo, y cualquier otro emolumento en dinero o en especie pagados por el empleador directa o indirectamente al trabajador.

En el mismo sentido, la igualdad de remuneración entre mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor, se refiere a las tasas de remuneración fijadas sin discriminación en cuanto al sexo. Respecto al alcance del Convenio 100 y la Recomendación 90, la Comisión de Expertos en aplicación de Convenios y Recomendaciones constituido por juristas independientes de la OIT, indicó que la obligación del Estado es la de promover la aplicación del principio de igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor, empleando medios adaptados a los métodos vigentes de fijación de tasas de remuneración; así como garantizar su aplicación a todos los trabajadores.

De lo señalado por la Comisión de Expertos, es importante indicar que para efectos de eliminar la desigualdad y discriminación de remuneración por razones de género, no es suficiente adoptar disposiciones que prohíban la discriminación, sino que por el contrario, se deben adelantar acciones que permitan de manera proactiva, calcular el valor relativo de los diferentes empleos de manera independiente al género.

Para determinar el valor de los empleos, es necesario realizar una evaluación de tareas, de tal forma que se otorgue un valor numérico a cada empleo y dos empleos que tengan el mismo valor numérico global les debe corresponder la misma remuneración.

El análisis de los empleos se debe realizar recurriendo a factores objetivos relacionados con los empleos que se desea comparar, como las capacidades y calificaciones, el esfuerzo, las responsabilidades y las condiciones de trabajo. Es una tarea que corresponde realizar al Estado para garantizar y normar la igualdad de remuneración en aplicación del Convenio 100, que lo ratifico y es además un Convenio Fundamental.

LEGISLACIÓN LABORAL

Frank I. Taquichiri Y.

Docente universitario de Postgrado.

legislacionlaboral@hotmail.com

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