Reformas

Leyes sociales y el rol de los medios


2023-01-26
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Guardiana

Desde el 6 de agosto del 2010 hasta ahora, se tienen 123 leyes promulgadas, de las cuales 13 son de carácter nacional y son consideradas las más debatidas en la Asamblea Legislativa Plurinacional

El origen del estudio de la comunicación surgió en los años 20 del siglo pasado a partir de la necesidad de evaluar los efectos generados por los medios de comunicación masivos (prensa, radio y cine). Una de las primeras propuestas teóricas fue que los medios sirven para informar, educar y entretener a la población.

Sin embargo, con frecuencia su rol se concentra en la información y el entretenimiento solamente. En ese sentido, es vital retomar la discusión sobre el importante y positivo servicio que pueden brindar al servicio de la educación como lo hicieron las radioemisoras y canales de televisión para crear espacios educativos durante la cuarentena en el año 2020.

Desde el 6 de agosto del 2010 hasta ahora, se tienen 123 leyes promulgadas, de las cuales 13 son de carácter nacional y son consideradas las más debatidas en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Pero, también hubo contratiempos, el 2009 aproximadamente unas 160 leyes lograron promulgarse, es decir, entre un 15 a 20 por ciento de los proyectos que fueron presentados. Sólo en la gestión 2011 se aprobaron y promulgaron 88 leyes (Opinión, 07/08/2011).

Los reglamentos de siete de esas leyes contemplan artículos específicos que instruyen su difusión en los medios de comunicación. Ellas son:

  • El artículo 13 del Decreto Supremo 762 que reglamenta la Ley Nº045 contra el racismo y toda forma de discriminación.
  • El Art. 29 del D.S. 1893 que reglamenta la Ley Nº223 general para personas con discapacidad. El Art. 9 del D.S. 1486 que norma la aplicación de la Ley Nº263 Integral contra la trata y tráfico de personas.
  • El Art. 44 del D.S. 1436 relativo a la Ley Nº264 de Seguridad Ciudadana.
  • El Art. 19 de la Ley Nº 348 Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia.
  • El Art. 33 del D.S. 2377 que ordena la aplicación de la Ley Nº 548 Código Niña, Niño y Adolescente.
  • El Art. 18 del D.S. 2954 que norma la Ley Nº755 de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Esos artículos se amparan en la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia cuyo artículo 107. I. dice expresamente: “Los medios de comunicación social deberán contribuir a la promoción de los valores éticos, morales y cívicos de las diferentes culturas del país, con la producción y difusión de programas educativos plurilingües y en lenguaje alternativo para discapacitados”. 

No obstante, el 10 de agosto de 2016, gracias a un acuerdo entre el expresidente y exvicepresidente del Estado con los representantes de los empresarios de radio y televisión, se aprobó la modificación de la disposición transitoria primera de la Ley General de Telecomunicaciones (2014) para garantizar el trabajo de todos los medios de comunicación radiales y televisivos por los siguientes tres años. De esa forma, se ampliaron las licencias de funcionamiento hasta el 30 de noviembre de 2019 (El Día, 25/07/2016).

De acuerdo a información oficial, se estableció que "los operadores de radiodifusión que hubieran migrado al nuevo régimen podrán renovar, por única vez, su licencia por 15 años sin necesidad de licitación pública, para lo cual deberán cumplir, sin embargo, los requisitos técnicos y de contenido educativo, cultural, producción nacional y de derechos fundamentales a ser reglamentados mediante decreto supremo" (El Deber, 11/08/2016).

Cabe preguntar ¿qué instancia del Estado estará supervisando el cumplimiento de esa disposición oficial y qué resultados se posee hasta la fecha, en particular en lo relativo a contenido educativo, cultural y producción nacional?

Por tanto, a raíz de los acuerdos establecidos entre un gobierno anterior y los empresarios de medios de comunicación de radio y televisión se negoció la postergación de la asignación de frecuencias dentro del espacio radioeléctrico de propiedad del Estado boliviano y de todos los bolivianos, y también se dejó sin efecto la obligatoriedad de emitir mensajes educativos de información y prevención de las 7 leyes sociales más importantes para garantizar una vida digna sin violencia para todas y todos los bolivianos.

En consecuencia, se resolvió la estabilidad de las empresas de radio y televisión (y por tanto de las fuentes laborales de muchos periodistas y operadores de la información) pero pasó desapercibida la vulneración de normas legales vigentes que permiten promover la concientización a toda la población sobre la lucha contra el racismo, la discriminación, la violencia contra las mujeres, los derechos de niñas, niños y adolescentes, las personas con discapacidad, la seguridad ciudadana y la gestión de residuos. Si esos no son los actores sociales y temas más importantes para el bienestar de los ciudadanos, me pregunto por qué esa situación no fue asumida con mayor civismo y compromiso de servicio por parte de los medios de comunicación. Se resolvió lo empresarial, pero no se priorizó el principio de servicio público que es responsabilidad de los medios de comunicación públicos y privados en el uso del espacio radioeléctrico.

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