Recomendación |
Relativa al acceso al trabajo para las mujeres (2014) |
Sistema |
Universal |
Mecanismo |
Consejo de Derechos Humanos |
Fecha Examen |
2014-10-30 |
Tratado(s) Supervisado(s) |
Todos los tratados |
Recomendación(es) |
114. Las recomendaciones a continuación cuentan con el apoyo de Bolivia (Estado Plurinacional de) que considera que ya se aplican o se encuentran en proceso de ejecución: 114.82. Asegúrese de que las cuestiones de género y los derechos de las mujeres estén integrados en todos los programas de gobierno, particularmente en el trabajo, empleo y medidas de lucha contra la pobreza (Filipinas); 114.87. Aumentar los esfuerzos para promover la igualdad de género, especialmente con respecto a las oportunidades de trabajo y acceso a salud y para introducir los componentes de género en la educación y formación profesional (Italia); 114.107. Implementar políticas para abordar integralmente los problemas que enfrentan las mujeres sobre violencia, trabajo, actividad política y acceso a justicia (Costa Rica); 114.113. Desarrollar los programas necesarios para promover el desarrollo económico y social de las mujeres, especialmente en las zonas rurales (Egipto); 115. Las siguientes recomendaciones no gozan del apoyo de Bolivia (Estado Plurinacional de) y por lo tanto podría ser observadas: 115.5. Desarrollar un plan estratégico para prevenir la alta tasa de deserción escolar y erradicar el trabajo infantil (México); 115,6. Adoptar el Convenio de la OIT sobre edad mínima para que ningún niño menor de 14 años se dedique trabajar y asegurece que los niños y los comités de defensa de adolescentes tengan recursos suficientes para cumplir sus tareas (Noruega); 115.7. Seguir tomando las medidas necesarias para erradicar totalmente el trabajo infantil, sin excepción, conforme a la Convención de la OIT Nº 138 ratificado por Bolivia (Bélgica); 115,8. Modificación de la Ley Nº 548 sobre trabajo infantil para cumplir con las obligaciones internacionales de derechos humanos de Bolivia sobre la edad mínima de los niños para trabajar, para prohibir el trabajo infantil en condiciones peligrosas, proteger a los niños contra la explotación económica, proteger a los niños de cualquier trabajo que pueda interferir con su educación y elevar progresivamente la edad mínima de empleo (Canadá); 115.9. Proteger y cumplir los derechos de los niños, erradicar el trabajo infantil y la explotación sexual de menores (Israel); 115.10. Desarrollar un Plan estratégico nacional para la erradicación progresiva del trabajo infantil, con objetivos de corto y mediano plazo, así como mecanismos de seguimiento y evaluación, cuantitativos y cualitativos y dotados de recursos financieros para su implementación a nivel nacional, departamental y municipal (España); |
Documentos |
Descargar (27conclusiones_y_recomendacinones_epu.pdf) |