Reformas

Ley para la niñez


2014-07-20
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Se trata de una ley fundamental para precautelar los derechos de los niños y niñas

Luego de una larga deliberación parlamentaria, que incluyó una activa participación de las y los niños trabajadores, el jueves se promulgó el nuevo Código Niño, Niña y Adolescente, una ley fundamental para precautelar los derechos de la población más joven. La norma es polémica en algunos aspectos, particularmente el referido a la edad mínima para trabajar. En efecto, si este nuevo Código no fue aprobado y promulgado antes fue, precisamente, porque las y los menores trabajadores se movilizaron para impedir que la norma limitara la edad mínima para trabajar. Así, ahora la norma permite el trabajo por cuenta propia desde los diez a los 12 años, principalmente vinculado al ámbito familiar; el remunerado de 12 a 14 años, con autorización de los padres y de instancias como la Defensoría de la Niñez; y de 14 a 18 años, en el marco de las normas laborales. Al respecto, en el acto de promulgación de la norma, el Vicepresidente del Estado reflexionó señalando que si bien existen convenios internacionales, de los cuales Bolivia es parte, la realidad de los países en desarrollo hace imposible practicar algunas de sus disposiciones, especialmente las referidas a la edad mínima para trabajar. Sin embargo, y pese a que la nueva disposición satisface a las organizaciones de niñas, niños y adolescentes trabajadores del país, no debe perderse de vista el hecho de que, por una parte, sigue siendo inadmisible que haya adultos desempleados mientras las y los niños se ven obligados a trabajar; y por el otro, que no es lo mismo socializar a niñas y niños en las tareas cotidianas que obtener beneficios de su fuerza de trabajo. Ambos aspectos requieren de políticas públicas efectivas y no de explicaciones complacientes. Otro aspecto discutible de la norma ha sido la reducción de la edad mínima para la imputabilidad penal: de 16 a 14 años. Los legisladores se han apresurado a explicar que si bien se produce este cambio, se buscará que esas penas sean cumplidas en ámbitos que permitan la reinserción social de esas y esos jóvenes. Pero no todo es polémico en la norma. Además de mejorarse la tipificación penal del delito de infanticidio, que tendrá pena máxima sin derecho a indulto, se han incorporado especificaciones sobre varios derechos fundamentales, entre ellos, a gozar de un nivel de vida adecuado, a la atención médica de emergencia, a ejercer su salud sexual y reproductiva, al buen trato familiar, al acceso a un ambiente sano, al agua y saneamiento con calidad, a opinar, a participar, al derecho de petición, a la integridad personal, al buen trato y a ser protegido contra la violencia sexual. Corresponde, pues, que todos los niveles del Estado comiencen a cumplir con el nuevo Código y que lo hagan pensando en que puede ser la base para transformar la vida de millones de niños y adolescentes, y no un marco para seguir abusando de ellos.

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